El Tribunal Supremo descarta demandar a la policía por violación de Miranda

El Tribunal Supremo dice que recibir la advertencia Miranda no es en sí un derecho, sino una protección de derechos

El Tribunal Supremo dictaminó el jueves, en una decisión de 6-3, que un acusado cuya declaración escrita admitiera una agresión sexual a pesar de que no se le leyeran las advertencias Miranda no puede presentar una demanda contra el agente, aunque la declaración se utilizara contra él ante el tribunal.

Las advertencias Miranda, que incluyen decir al sospechoso que tiene derecho a guardar silencio, se recitan habitualmente en el momento de la detención o antes de prestar declaración. Las advertencias proceden del caso Miranda contra Arizona del Tribunal Supremo

"El propio Miranda fue claro en este punto. Miranda no sostenía que la violación de las normas que establecía constituyera necesariamente una violación de la Quinta Enmienda, y es difícil ver cómo podría haber sostenido lo contrario", escribió el juez Samuel Alito en la opinión del Tribunal, en la que hizo amplia referencia a la decisión Miranda. "En lugar de ello, afirmó únicamente que esas normas eran necesarias para salvaguardar ese derecho durante el interrogatorio bajo custodia", añadió más tarde.

Tekoh era auxiliar de enfermería en un hospital donde fue acusado de agredir sexualmente a una paciente. No se le advirtió de las advertencias Miranda y más tarde, tras el interrogatorio, escribió una declaración en la que confesaba y pedía disculpas por sus actos. 

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Esa declaración se admitió posteriormente como prueba contra él en el juicio. Fue declarado inocente, pero entonces presentó una demanda de derechos civiles §1983 contra el ayudante del sheriff del condado de Los Ángeles, Carlos Vega, por supuesta violación de sus derechos constitucionales al no leerle sus derechos antes de la confesión.

Alito citó varios casos posteriores a Miranda para respaldar su afirmación de que las advertencias Miranda no son en sí mismas un derecho constitucional, sino una medida "profiláctica" para proteger un derecho constitucional. El Tribunal sí señaló que Tekoh aún podía alegar que las normas de Miranda son "ley federal" y, por tanto, podrían ser motivo de demanda.

"Pero se diga lo que se diga sobre este argumento,6 no puede prosperar a menos que Tekoh pueda persuadirnos de que esta "ley" debe ampliarse para incluir el derecho a demandar por daños y perjuicios en virtud del §1983", decía la opinión.

Un agente de policía vigila durante una manifestación de víctimas de la violencia armada ante el Tribunal Supremo. (Joshua Roberts/Getty Images)

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Alito argumentó que permitir tal demanda sería problemático, ya que daría lugar a que un tribunal federal "juzgara una cuestión de hecho (si Tekoh estaba bajo custodia cuando fue interrogado) que ya había sido decidida por un tribunal estatal". Esto, escribió Alito, sería un "despilfarro" y causaría "fricciones innecesarias" entre los tribunales estatales y federales.

La juez Elena Kagan, en una opinión discrepante a la que se unieron los jueces Stephen Breyer y Sonia Sotomayor, argumentó que Miranda sí estableció una norma constitucional que confería un derecho y que, por tanto, no proporcionar las advertencias de Miranda viola ese derecho.

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"Hoy, el Tribunal despoja a los individuos de la posibilidad de solicitar un recurso por las violaciones del derecho reconocido en Miranda", escribió Kagan. Reconoció que la opinión mayoritaria "observa que los acusados aún pueden solicitar 'la supresión en juicio de declaraciones obtenidas' en violación de los procedimientos de Miranda", pero que en algunos casos, "tal declaración no será suprimida".

Como resultado, escribió Kagan, un acusado sufriría un daño, para el que las demandas §1983 proporcionan un remedio, pero la sentencia del Tribunal "lesiona el derecho al negar el remedio".

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