Un tribunal anula la condena de una feminista que simuló abortar a Jesús en un altar católico mientras hacía topless y orinaba
Un crítico alegó que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos trata los ataques contra el cristianismo de forma diferente a los ataques contra el Islam
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) anuló recientemente la sentencia de un tribunal francés que había multado y condenado a prisión a una feminista que interrumpió un oficio religioso católico romano y "abortó" a Jesús en el altar mientras estaba en topless.
Eloïse Bouton iba con los pechos desnudos y pintada con lemas a favor del aborto por todo el cuerpo cuando, en diciembre de 2013, interrumpió los villancicos en la famosa iglesia de la Madeleine de París y protestó contra las enseñanzas de la Iglesia católica contra el aborto simulando un aborto de Jesús.
Llevando una corona de espinas para burlarse de Jesucristo y un velo azul para mofarse de la Virgen María, Bouton portaba trozos de hígado de buey para simbolizar un bebé abortado mientras se colocaba delante del altar de la iglesia y simulaba practicar un "aborto" antes de orinar en el suelo delante de los congregantes.
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En el cuerpo de Bouton estaba escrita la frase francesa "344 salope", que se traduce como "puta 344", en referencia a una carta abierta de 343 mujeres francesas que admitieron haber abortado en 1971.
El grupo ucraniano Femen, al que pertenecía Bouton, celebró posteriormente el acto en las redes sociales, escribiendo "¡Se cancela la Navidad!" y que "la santa madre Eloïse acaba de abortar el embrión de Jesús en el altar de la Magdalena".
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El sacerdote de la iglesia presentó una denuncia contra Bouton, que fue declarada culpable por un tribunal francés de "exhibición sexual" ilegal. Fue condenada a más de un mes de prisión y a pagar a la iglesia 2.000 euros, pena que confirmó el más alto tribunal francés.
En un dictamen emitido el 13 de octubre, el TEDH, con sede en Estrasburgo, dictaminó que, al castigar a Bouton por su exhibición, Francia violó el artículo del Convenio Europeo de Derechos Humanos que protege la libertad de expresión.
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"El Tribunal señala que la condena de la demandante se basó en la tipificación del delito de exhibición sexual", decía en parte el dictamen. "Según el Gobierno, no pretendía sancionar [sus] ideas y opiniones críticas sobre la doctrina de la Iglesia católica".
"No obstante, el Tribunal considera, como ha mencionado anteriormente [...], que, habida cuenta de su carácter militante, la acción de la demandante, que pretendía expresar sus convicciones políticas, en consonancia con las posiciones defendidas por el movimiento Femen, en cuyo nombre actuaba, debe considerarse constitutiva de una "actuación" comprendida en el ámbito de aplicación del artículo", añade el dictamen.
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El TEDH condenó a Francia a pagar a Bouton 9.800 euros en concepto de daños morales, costas judiciales y gastos.
Grégor Puppinck, director del Centro Europeo para el Derecho y la Justicia, criticó la sentencia del tribunal europeo, afirmando en una declaración en el sitio web de su organización que el TEDH defiende cada vez más los ataques contra iglesias cristianas en el continente, mientras que trata de forma diferente los ataques contra el Islam.
"En 2018, ya había dictaminado que la provocación blasfema del grupo punk feminista 'Pussy riots' en el coro de la catedral ortodoxa de Moscú era una forma de expresión protegida por el Tribunal", escribió Puppinck.
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"El abogado de las Pussy riots, que antes trabajaba para la fundación de [George] Soros, se ha convertido desde entonces en juez del TEDH. Ese mismo año, el Tribunal también condenó a Lituania por sancionar anuncios blasfemos en los que aparecían Cristo y la Virgen María", continuó Puppinck.
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Puppinck señaló que, en 2018, el TEDH confirmó la condena penal de un profesor de Austria que calificó de pedófila la relación sexual de Mohammed con Aisha, una niña de 9 años.