El caso del Tribunal Supremo que podría ayudar a las ciudades a sanear el problema de los sin techo

El Tribunal Supremo ha rechazado sistemáticamente la idea de que la Constitución exige que el gobierno haga algo por nosotros

La difícil situación de los sin techo interpela a cualquiera que tenga corazón. La adicción a las drogas y al alcohol, las enfermedades mentales y el elevado coste de la vivienda han provocado un fuerte aumento del número de personas sin hogar que viven en tiendas de campaña y campamentos improvisados en lugares públicos.  

La espiral de la crisis -en todas nuestras grandes ciudades, pero sobre todo en el Oeste- ha llevado a las ciudades y a los defensores de los sin techo a discrepar sobre lo que el gobierno puede o debe hacer para resolver el problema frente a lo que debe hacer en virtud del derecho constitucional federal. 

Esta última cuestión está ahora ante el Tribunal Supremo en un caso llamado Ciudad de Grants Pass contra Johnson. El tribunal admitió el caso a revisión la semana pasada y escuchará los argumentos del caso a finales de este año. Está en juego una cuestión muy básica: 

Cuatro hombres sin hogar duermen en la calle Larkin de San Francisco, California, el 18 de junio de 2019. (Gabrielle Lurie/The San Francisco Chronicle vía Getty Images)

¿Exige la Constitución que el gobierno haga algo por cada uno de nosotros de forma proactiva, o más bien establece lo que el gobierno no puede hacernos?  

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En la ciudad de Grants Pass, los defensores de los sin techo sostienen que ciudades como Grants Pass, Oregón, San Francisco, Phoenix y Los Ángeles están multando o criminalizando a los sin techo de sus ciudades sólo por el "delito" de vivir en ellas.

Cuando las ciudades multan a los sin techo para que se retiren de las aceras y parques públicos, están castigando a los sin techo por su propia existencia, ya que los sin techo son "involuntarios" y, al fin y al cabo, necesitan un lugar donde dormir. No tienen elección. Ése es su argumento. 

Por otra parte, las ciudades sostienen que son responsables de mantener el orden y proteger la propiedad pública y privada. Ofrecen esto como la razón por la que pretenden trasladar a los sin techo de los espacios públicos a lugares donde puedan recibir ayuda.  

Una comunidad puede querer ayudar a los sin techo a vencer sus demonios, pero eso no significa que deba renunciar a la seguridad pública y a la protección de la propiedad privada que supone ceder las calles y los parques públicos a los sin techo. 

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En otras palabras, puede que no tengas opción de ser un sin techo (y, por tanto, un sin techo involuntario), pero eso no significa que tengas la opción de vivir, dormir y acampar en una propiedad pública

Un panel del Tribunal de Apelaciones del 9º Circuito de EE.UU. escuchó estos argumentos y se puso de parte de los defensores de los sin techo. En una decisión por 2-1, que el 9º Circuito se negó posteriormente a escuchar en banc, el tribunal concluyó que la ciudad de Grants Pass violó la cláusula de castigos crueles o inusuales de la Octava Enmienda al establecer ordenanzas que disuadían a los sin techo de acampar y dormir en la propiedad pública. 

El tribunal sostuvo que "las personas involuntariamente sin hogar deben tener "un lugar" donde dormir y tomar precauciones rudimentarias (ropa de cama) contra los elementos".  

Esta notable conclusión -que los sin techo tienen derecho a dormir en propiedad pública porque son "involuntariamente" sin techo- equivale a afirmar que los gobiernos locales como el de Grants Pass, Oregón, deben a los sin techo (y a todos los demás estadounidenses que se dirigen a Grants Pass, o a San Francisco, o a cualquier ciudad), como cuestión de derecho constitucional, un lugar público donde dormir. 

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El panel del 9º Circuito intentó restar importancia a esta conclusión, pero la decisión -de ser confirmada por el Tribunal Supremo- cambiaría drásticamente la forma en que la Constitución protege nuestros derechos

Porque bajo la superficie del caso y de esa sentencia se esconde una vieja cuestión filosófica: la diferencia entre derechos negativos y positivos. Entonces, ¿cuál es la diferencia entre ambos y cuál protege la Constitución? 

Los derechos negativos dicen lo que el gobierno no puede hacerte. Piensa en la libertad de expresión: según la Primera Enmienda, el gobierno no puede censurarte. 

O el derecho a la propiedad: el gobierno no puede quitarte tu propiedad salvo para uso público y sólo previo pago de una indemnización justa, según la Quinta Enmienda. O el derecho a la vida: el gobierno no puede quitarte la vida sin el debido proceso, tal como establecen la Quinta y la Decimocuarta Enmiendas.  

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Por otra parte, el concepto de derechos positivos constitucionales significa que tienes un derecho constitucional a la acción del gobierno. Antes de este caso de Grants Pass, te costaría pensar en un ejemplo constitucional de derecho positivo, porque no es así como funciona la Constitución. 

Pero la decisión del 9º Circuito dice que la Octava Enmienda protege un derecho positivo: el derecho a un lugar donde dormir para los sin techo involuntarios. 

El Tribunal Supremo ha rechazado sistemáticamente la idea de que la Constitución exija que el gobierno haga algo por nosotros, aunque los hechos puedan despertar nuestras simpatías, como éste. Pero los sin techo pueden tener otras formas de exigir la ayuda del gobierno. 

Por ejemplo, el estado de Oregón acaba de aprobar una ley que otorga a los sin techo el derecho legal a demandar a su comunidad si cualquier ordenanza local que aborde su acto de tumbarse, sentarse, dormir o mantenerse calientes y secos en una propiedad pública no es "objetivamente razonable". Aunque no se trata de un derecho constitucional, los sin techo de Grants Pass tienen derecho, por ley estatal, a demandar al gobierno local para conseguir un lugar donde dormir.  

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Como observó en una ocasión el legendario juez federal Richard Posner "la Constitución es una carta de libertades negativas más que positivas...[A quienes redactaron la Carta de Derechos no les preocupaba que el gobierno pudiera hacer demasiado poco por el pueblo, sino que pudiera hacerle demasiado. La 14ª Enmienda... pretendía proteger a los estadounidenses de la opresión del gobierno estatal, no asegurarles servicios gubernamentales básicos".  

Siempre es arriesgado predecir el resultado del Tribunal Supremo. Pero a menos que el Tribunal Supremo pretenda permitir que el 9º Circuito cambie el significado de los derechos que protege la Constitución, debes esperar que el alto tribunal revoque la extraña conclusión del 9º Circuito de que la Constitución garantiza a los sin techo el derecho a un lugar público donde dormir. 

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