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El Tribunal Supremo dictaminó el lunes que un sargento de la policía Vermont tiene derecho a la inmunidad cualificada en una demanda presentada por una manifestante que afirmó haber resultado herida cuando un agente le aplicó una llave de muñeca para sacarla de una sentada de protesta en el capitolio estatal.

En un dictamen per curiam sin firmar, el tribunal revocó la sentencia del Tribunal de Apelación del Segundo Circuito de los Estados Unidos en el caso Zorn contra Linton, sosteniendo que la jurisprudencia existente no establecía claramente que la conducta concreta del sargento Jacob Zorn violara la Constitución. 

«El Tribunal de Apelación del Segundo Circuito dictaminó que Zorn no tenía derecho a la inmunidad cualificada», se lee en la sentencia mayoritaria —con el voto particular de los tres jueces liberales—, que rechaza los argumentos sobre uso excesivo de la fuerza. «Revocamos la sentencia».

Los jueces afirmaron que, por lo general, los agentes están exentos de responsabilidad civil, a menos que la jurisprudencia previa haya dejado «fuera de toda duda» la ilegalidad de sus actos. 

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Jueces del Tribunal Supremo

Solo los tres jueces liberales discreparon del dictamen mayoritario anónimo. El presidente Donald nombró a tres jueces conservadores para el Tribunal Supremo durante su primer mandato, lo que le dio una mayoría conservadora de 6 a 3. (OLIVIERAFP Getty Images)

«Dado que el Tribunal de Apelación del Segundo Circuito no encontró ningún caso en el que se hubiera «considerado que un agente que actuara de manera similar en circunstancias similares hubiera violado» la Constitución, Zorn tenía derecho a la inmunidad cualificada», concluía la sentencia. 

«Admitimos su recurso de casación y anulamos la sentencia del Segundo Circuito».

El caso se remonta a una sentada que llevaron a cabo manifestantes del sector sanitario en el Vermont el día de la toma de posesión Peter gobernador Peter , en 2015. Una vez cerrado el edificio, la policía procedió a detener a los manifestantes que se negaban a marcharse. Según el dictamen, la manifestante Shela Linton permaneció sentada y se unió a los demás entrelazando los brazos. 

Zorn le advirtió que tendría que usar la fuerza, luego le agarró el brazo, se lo puso detrás de la espalda, le apretó la muñeca y la puso de pie. Más tarde, Linton presentó una demanda alegando daños físicos y psicológicos. 

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El Tribunal Supremo señaló que el Tribunal de Apelación del Segundo Circuito se había basado en exceso en su sentencia anterior en el caso Amnesty America contra West Hartford, y consideró que dicho caso no establecía claramente que «el uso de una llave de muñeca rutinaria para apartar a una manifestante que se resistía tras haberla advertido, sin más, constituyera una violación de la Constitución». 

Basándose en eso, los jueces concluyeron que Zorn tenía derecho a la inmunidad cualificada y revocaron la sentencia del tribunal inferior.

La jueza Sonia expresó su desacuerdo, con el apoyo de las juezas Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson. Argumentó que el tribunal había intervenido indebidamente con el «recurso extraordinario de una revocación sumaria» y señaló que un jurado podría considerar que el agente había hecho un uso excesivo de la fuerza contra un manifestante no violento que ejercía resistencia pasiva.

La jueza del Tribunal Supremo de EE. UU. Sonia hablando

La jueza del Tribunal Supremo de EE. UU. Sonia redactó el lunes el voto particular en el caso Zorn contra Linton. (JahiThe Washington Post Getty Images)

«Un jurado podría concluir que Zorn violó los derechos de Linton claramente establecidos en la Cuarta Enmienda», escribió Sotomayor en su voto particular.

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«La mayoría de hoy da vía libre a los agentes para infligir dolor innecesario a un manifestante no violento, incluso cuando no hay ninguna amenaza para la seguridad de los agentes ni ningún otro motivo para hacerlo», concluyó. 

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«Eso es claramente incompatible con la garantía fundamental de la Cuarta Enmienda de que los agentes solo pueden emplear "la fuerza necesaria" dadas las circunstancias», escribió Sotomayor. «Por lo tanto, respetuosamente discrepo».