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Un juradoLos dictó el miércoles un veredicto de responsabilidad contra Meta y Google, al considerar que sus plataformas Instagram YouTube provocaron una adicción digital perjudicial en los niños. Se concedió al demandante una indemnización de 3 millones de dólares, de los cuales el 70 % lo pagará Meta y el 30 % Google.

Te lo digo todo: tengo acciones en ambas empresas. Snapchat TikTok inicialmente como codemandadas, pero llegaron a un acuerdo antes del juicio.

¿Significa esta sentencia el fin para los gigantes de las redes sociales, que se enfrentan a una avalancha de miles de demandas similares? No. Es dudoso que el veredicto resista el escrutinio de las distintas apelaciones, sobre todo si llega al Tribunal Supremo de Estados Unidos.

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El caso fue presentado ante un tribunal estatal por una California de 20 años identificada únicamente como Kaley G.M. Sus abogados alegaron que Meta y Google los niños al diseñar sus plataformas para que crearan una adicción perjudicial y al utilizar algoritmos para mantenerlos enganchados.

Zuckerberg sale del juzgado tras declarar en el juicio sobre redes sociales en Los

CEO Meta Platforms,Mark , sale del juzgado tras declarar en un juicio en el que se acusa a Meta y a YouTube ( Google) de perjudicar la salud mental de los niños a través de plataformas adictivas, en Los , California, el 18 de febrero de 2026.  (Mike Reuters)

Kaley se registró en YouTube cuando tenía seis años, se unió Instagram los nueve, y a partir de ahí la cosa se fue intensificando. Se sabe que, cuando tenía 16 años, pasaba más de 16 horas al día en Instagram.

Kaley afirmó que desarrolló depresión aguda, ansiedad, dismorfia corporal y pensamientos suicidas únicamente debido a las características adictivas de las plataformas. En el estrado, declaró que los comentarios negativos en Internet contribuyeron al deterioro de su estado mental. Pero también influyó el hecho de no recibir suficientes «me gusta» de sus seguidores.

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«Me ponía muy enfadada y triste, y sentía que no valía nada, supongo», dijo Kaley. A medida que aumentaba su dependencia, también lo hacía su inseguridad. «Sin mi móvil, sentía como si me faltara una parte enorme de mí... sin mi móvil, no podía ver quién le daba a "Me gusta" a mis publicaciones», añadió.

Según ella misma admite, la dependencia compulsiva u obsesiva de Kaley respecto a las redes sociales se debía exclusivamente a su interacción con el contenido que publicaban otros usuarios. Ese es el mayor obstáculo de la demandante durante la inevitable apelación.

¿Por qué? Porque en 1996, el Congreso aprobó la Ley de Decencia en las Comunicaciones. El artículo 230 establece que las plataformas no pueden ser consideradas responsables del contenido publicado en sus sitios web. Es una forma de inmunidad que nunca ha sido derogada.

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En 2023, el Tribunal Supremo confirmó esa protección jurídica al negarse a considerar responsables a las empresas de redes sociales por los contenidos perjudiciales generados por los usuarios y amplificados por sus algoritmos. Dado que ese es el núcleo de la teoría del defecto de diseño que alega el demandante contra Meta y Google, los magistrados tendrían que apartarse considerablemente de su postura habitual para confirmar el veredicto. Eso es poco probable.

Pero existe una protección más amplia en virtud de la Primera Enmienda que tiene su origen en nuestra Constitución federal. Las empresas de Internet están íntimamente ligadas a la libertad de expresión. Son foros abiertos de expresión que actúan como una plaza pública moderna, y gozan de los mismos derechos de protección que cualquier otra forma de expresión. Los menores también tienen derechos importantes amparados por la Primera Enmienda, tal y como han sostenido sentencias anteriores del Tribunal Supremo.

Más allá de esas garantías, hay otros motivos para recurrir. A primera vista, la historia de Kaley parece bastante convincente. De hecho, se vio llorar al menos a un miembro del jurado mientras ella testificaba. Sin embargo, su relato sobre cuál fue la causa real o inmediata del supuesto daño presentaba graves problemas.

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A lo largo de varios años, Kaley fue tratada por tres terapeutas, y ninguno de ellos le diagnosticó nunca adicción a las redes sociales. En cambio, las pruebas documentadas apuntaban claramente a que sus dificultades coincidían con un entorno familiar conflictivo en el que se producían presuntos abusos físicos y emocionales.

Además, los abogados del demandante presentaron la demanda basándose en el fundamento jurídico conocido como «responsabilidad por productos defectuosos». Argumentaron que Instagram YouTube tenían un diseño y un funcionamiento defectuosos y que, por lo tanto, eran intrínsecamente peligrosas para los jóvenes.

El fundador y CEO de Meta,Mark , declaró que su plataforma no tenía ningún defecto. Le explicó al jurado que las aplicaciones de su empresa se crearon para ofrecer a los usuarios algo útil, no para que se volvieran adictos, y que Instagram busca atraer a niños como usuarios.

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Zuckerberg insistió en que Meta había establecido una política estricta según la cual los menores de 13 años no pueden acceder a la plataforma y son eliminados cuando se les identifica. Explicó las medidas tomadas para verificar la edad de los usuarios y destacó la implementación de herramientas de seguridad, como la configuración de privacidad y las restricciones de contenido para menores.

Hay pruebas convincentes de que Kaley hizo un mal uso de las redes sociales debido a su uso incesante y crónico. Por supuesto, casi cualquier cosa que se haga en exceso conlleva el riesgo de causar daño. Aquí es donde entra en juego el concepto de responsabilidad personal.

Es cierto que no siempre se puede esperar que un niño tome decisiones sensatas. Por eso la supervisión y el control de los padres son fundamentales. Pero en este caso, parece que han brillado por su ausencia.

Hay pruebas convincentes de que Kaley hizo un mal uso de las redes sociales debido a su uso incesante y crónico. Por supuesto, casi cualquier cosa que se haga en exceso conlleva el riesgo de causar daño. 

Si un niño se da atracones de chocolate constantemente y luego sufre obesidad, o peor aún, ¿es culpa de una empresa como Hershey? Nadie en su sano juicio cree que las barritas de chocolate estén diseñadas para crear adicción, porque confiamos en el sentido común a la hora de consumirlas con moderación y autocontrol.

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Los fabricantes de productos se dedican a crear y vender artículos que resulten atractivos para los consumidores. Pero cualquier producto puede ser objeto de un uso indebido. Los programas de televisión y los videojuegos son ejemplos similares en los que el objetivo es mantener el interés de la gente. No es responsabilidad del fabricante actuar como tutor personal de todos y cada uno de los usuarios. Cuando hay menores de por medio, esa responsabilidad recae en unos padres atentos y responsables.

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Un jurado comprensivo de Los Ángeles se dejó conmover por la desafortunada situación en la que se encontraba la joven Kaley. Pero echarle la culpa a una empresa en lugar de asumir la responsabilidad personal desencadenaría una avalancha de demandas devastadoras por parte de miles de demandantes más que podrían acabar con las empresas de redes sociales.

Al final, miles de millones de usuarios activos y responsables sufrirían las inevitables consecuencias.

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