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En una operación militar extraordinaria, Estados Unidos lanzó una operación militar a gran escala en Caracas, Venezuela, en la madrugada del sábado, en la que las Fuerzas Especiales detuvieron al presidente Nicolás Maduro y a su esposa. Hay una acusación formal pendiente contra Maduro de 2020 en el Distrito Sur de Nueva York, adonde se espera que sea trasladado para ser juzgado.

La operación se produce poco después del 37.º aniversario de la captura de Manuel Antonio Noriega, el 20 de diciembre de 1989. Noriega fue declarado culpable de delitos relacionados con el narcotráfico y el blanqueo de capitales, y condenado a 40 años de cárcel. Fue juzgado en Miami.

El presidente venezolano Nicolás Maduro saluda ante una multitud de seguidores.

El presidente interino de Venezuela, Nicolás Maduro, saluda a sus seguidores al salir tras votar por el sucesor del difunto presidente Hugo Chávez, en Caracas, el 14 de abril de 2013.  (Carlos GarcíaReuters)

Maduro fue acusado en una acusación sustitutiva de cuatro cargos junto con Diosdado Cabello Rondón, de 56 años, presidente de la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela; Hugo Armando Carvajal Barrios, alias «El Pollo», de 59 años, exdirector de inteligencia militar; Clíver Antonio Alcalá Cordones, de 58 años, exgeneral de las Fuerzas Armadas de Venezuela; Luciano Marín Arango, alias «Iván Márquez», de 64 años, miembro del Secretariado de las FARC, que es el máximo órgano de liderazgo de las FARC; y Seuxis Paucis Hernández Solarte, alias «Jesús Santrich», de 53 años, miembro del Alto Mando Central de las FARC, que es el segundo órgano de liderazgo más importante de las FARC.

Esta operación se justificará alegando que se trata de ejecutar una orden de detención y de hacer frente a un cártel internacional de la droga, un marco jurídico muy similar al que se utilizó contra Noriega. Existen precedentes que respaldan esa operación anterior, y que ahora se utilizarán para defender las acciones en Venezuela.

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Aquí tienes parte de la descripción previa del Departamento de Justicia sobre los hechos objeto de la acusación:

«Maduro ayudó a dirigir y, finalmente, a liderar el Cartel de los Soles, una organización venezolana dedicada al narcotráfico formada por altos cargos del Gobierno venezolano. A medida que fue ganando poder en Venezuela, Maduro participó en una conspiración corrupta y violenta conspiración de narcoterrorismo con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), una organización designada como terrorista extranjera. Maduro negoció envíos de varias toneladas de cocaína producida por las FARC; ordenó al Cartel de los Soles que proporcionara armas de uso militar a las FARC; coordinó con narcotraficantes de Honduras y otros países para facilitar el tráfico de drogas a gran escala; y solicitó ayuda a los líderes de las FARC para entrenar a un grupo miliciano no autorizado que funcionaba, en esencia, como una unidad de las fuerzas armadas del Cartel de los Soles. En marzo de 2020, Maduro fue acusado en el Distrito Sur de Nueva York de narcoterrorismo, conspiración para importar cocaína, posesión de ametralladoras y artefactos destructivos, y conspiración para poseer ametralladoras y artefactos destructivos.

Manifestantes lanzan objetos en Caracas, Venezuela

Manifestantes se enfrentan a la policía mientras protestan contra el gobierno del presidente Nicolás Maduro en Caracas, el 22 de febrero de 2014. (Carlos GarcíaReuters)

Los diputados demócratas no tardaron en tachar la operación de ilegal. Quizá les interese repasar casos anteriores, sobre todo la decisión relacionada con el juicio a Noriega tras su captura por parte del Gobierno del presidente George . W. Bush.

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«Sin la autorización del Congreso, y con la gran mayoría de los estadounidenses en contra de la acción militar, Trump acaba de lanzar un ataque injustificado e ilegal contra Venezuela. Dice que no tenemos suficiente dinero para la sanidad de los estadounidenses, pero, ¿de alguna manera sí tenemos fondos ilimitados para la guerra?», escribió el diputado Jim McGovern, demócrata por Massachusetts.

Trump no necesita la aprobación del Congreso para este tipo de operaciones. Los presidentes, incluidos los demócratas, han lanzado ataques letales contra personas de forma habitual. El presidente Barack Obama mató a un ciudadano estadounidense en el marco de esta política de «listas de personas a eliminar». Si Obama eliminar a un ciudadano estadounidense sin siquiera una acusación penal, Trump puede capturar a un ciudadano extranjero con una acusación penal pendiente sin necesidad de la aprobación previa del Congreso.

Por lo general, la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y otros acuerdos internacionales exigen que Estados Unidos notifique a la embajada la detención y el encarcelamiento de un ciudadano extranjero en su territorio. En este caso, esa notificación parece un poco innecesaria.

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En su recurso, Noriega alegó que su detención violaba el derecho internacional en virtud de la doctrina de la inmunidad de los jefes de Estado. El tribunal de distrito rechazó la alegación de inmunidad de Noriega porque el Gobierno de Estados Unidos nunca lo reconoció como gobernante legítimo de Panamá, un argumento que se esgrimirán en el juicio contra Maduro.

El Tribunal de Apelación del Undécimo Circuito de Estados Unidostambién rechazó la alegación de inmunidad.

Noriega también alegó que su captura violaba el Tratado sobre la extradición de delincuentes, de 25 de mayo de 1904, entre los Estados Unidos de América y la República de Panamá, 34 Stat. 2851 («Tratado de extradición entre EE. UU. y Panamá»). Sin embargo, se consideró que la decisión del Tribunal Supremo en el caso Estados Unidos contra Álvarez-Machain, 504 U.S. 655 (1992), desestimaba este argumento. La cuestión era si había sido secuestrado y llevado a Estados Unidos en virtud de un tratado de extradición posterior. El Undécimo Circuito sostuvo:

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El artículo del Tratado de Extradición entre Estados Unidos y Panamá en el que se basa Noriega para su reclamación sobre el tratado de extradición tiene casi el mismo texto que la disposición del Tratado de Extradición entre EE. UU. y México que se discutió en el caso Álvarez-Machain. Véase el Tratado de Extradición entre EE. UU. y Panamá, art. 5 («Ninguna de las partes contratantes estará obligada a entregar a sus propios ciudadanos o súbditos...»).

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Según el caso Álvarez-Machain, para que prospere una alegación basada en un tratado de extradición, el acusado debe demostrar, basándose en el texto expreso del tratado y/o en la práctica establecida en virtud del mismo, que Estados Unidos acordó expresamente no detener a ciudadanos extranjeros en el territorio de su socio en el tratado. Noriega no ha cumplido con esta carga de la prueba y, por lo tanto, su alegación no prospera.

El caso de Noriega supone un gran respaldo para la administración Trump, que lleva más de cinco años con una orden de detención pendiente contra él. No se le considera el líder legítimamente elegido de Venezuela y se le ha relacionado con un cártel de la droga.

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Esta medida también tendrá un gran impacto en la política exterior. La Doctrina Monroe acaba de convertirse en la Doctrina Trump. Esta acción no solo ha enfrentado a Venezuela, sino también Cuba, que se encargaba de la seguridad de Maduro. Es de suponer que las fuerzas de seguridad cubanas pudieron haber participado en el tiroteo. Al cortar el suministro vital de petróleo a Cuba, la Administración Trump acaba de asestar un golpe al régimen cubano —posiblemente una de las derrotas más dolorosas desde que aplastó a las fuerzas cubanas en Granada en 1983.

Desde el punto de vista legal, Trump tiene la sartén por el mango en este caso. Maduro volverá a esgrimir los argumentos del caso Noriega. Sin embargo, su caso es aún más débil en cuanto al fondo, a la luz del precedente aplicable, que el de Noriega.

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